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Mostrando entradas de marzo 9, 2012

PROYECTO DE LEY DE AGENCIAS DE VIAJES - Opinión.

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El Mintur ha propuesto derogar la ley 18829 y reemplazarla por un texto que ha sido puesto a consideración de las asociaciones que nuclean a los empresarios del sector. Han surgido opiniones sobre la mayor o menor conveniencia del nuevo texto en relación con el vigente, en cuanto al grado de protección que aportaría a los agentes de viajes. Me limito a abordar un aspecto del proyecto, el que atañe a los profesionales que ejercen su profesión en una agencia de viajes. El artículo 3 del proyecto establece que se considera Agente de Viajes a la persona física o jurídica que se dedica en forma habitual al ejercicio de la intermediación y/u organización de servicios turísticos a nivel nacional, aunque se traspase el límite provincial o internacional, por sí mismo o en representación de otra agencia nacional o extranjera. Los Agentes de Viajes deben ser previamente habilitados por la Autoridad de Aplicación para el ejercicio de su profesión. Enhorabuena. Para la autoridad de aplicación, ent